El calendario escolar 2023-24 ignora las festividades musulmanas: el 8 de septiembre será la "vuelta al cole" en Murcia

Islam en Murcia - 13.06.23 - P. Ros / Fuente: CARM

El desconocimiento de la Ley no exime de su cumplimiento. Las comunidades autónomas cometen un año sí y otro también la infracción de no contemplar las festividades musulmanas. Y aquí no pasa nada, nadie hace nada, ni siquiera lo denuncia por los cauces legales la Comisión Islámica de España.

De las clases de Enseñanza Religiosa Islámica (ERI) hablaremos en otro momento, porque la ineficacia de la gestión de unos y otros nos va a abocar un año más a que el 90 por ciento del alumnado musulmán de la Región de Murcia se quede sin maestro-a, profesor-a el próximo curso.

El caso es que los más de 20.000 niños y niñas de religión islámica que hay en las aulas de los colegios e institutos de la Región de Murcia tienen derecho por ley desde 1992 a que se les considere festivos estos días:

AL HIYRA, correspondiente al 1.º de Muharram, primer día del Año Nuevo Islámico.

ACHURA, décimo día de Muharram.

IDU AL-MAULID, corresponde al 12 de Rabiu al Awwal, nacimiento del Profeta.

AL ISRA WA AL-MI’RAY, corresponde al 27 de Rayab, fecha del Viaje Nocturno y la Ascensión del Profeta.

IDU AL-FITR, corresponde a los días 1.º, 2.º y 3.º de Shawwal y celebra la culminación del Ayuno de Ramadán.

IDU AL-ADHA, corresponde a los días 10.º, 11.º y 12.º de Du Al-Hyyah y celebra el sacrificio protagonizado por el Profeta Abraham.

En el punto 3 de la Ley 26/1992, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España se dice:

Los alumnos musulmanes que cursen estudios en centros de enseñanza públicos o privados concertados, estarán dispensados de la asistencia a clase y de la celebración de exámenes, en el día del viernes durante las horas a que se refiere el número 1 de este artículo y en las festividades y conmemoraciones religiosas anteriormente expresadas, a petición propia o de quienes ejerzan la patria potestad o tutela.

Y en el punto 4:

Los exámenes, oposiciones o pruebas selectivas convocadas para el ingreso en las Administraciones Públicas, que hayan de celebrarse en los días a que se refiere el número anterior, serán señalados, para los musulmanes que lo soliciten, en una fecha alternativa, cuando no haya causa motivada que lo impida.

Aquí la nota de prensa que ha publicado hoy el gobierno murciano:

El Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) publica hoy la resolución de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo que establece el periodo lectivo para el curso escolar 2023-2024.

En Educación Infantil, Primaria y Especial las clases comenzarán el 8 de septiembre de 2023 y finalizarán el día 21 de junio de 2024; Secundaria, Bachillerato y educación de personas adultas iniciarán el curso el 11 de septiembre de 2023, que finalizarán el 19 de junio de 2024; mientras que en Formación Profesional el periodo lectivo irá del 14 de septiembre de 2023 al 19 de junio de 2024.

El periodo lectivo de las escuelas infantiles de primer ciclo, de titularidad de la Comunidad Autónoma, se inicia el 8 de septiembre de 2023 y finaliza el 15 de julio de 2024.

El calendario académico de los centros de enseñanzas artísticas superiores abarca del 6 de septiembre de 2023 al 7 de junio de 2024; las enseñanzas de régimen especial de idiomas iniciarán el curso el 18 de septiembre de 2023, que finalizará el 16 de mayo de 2024; para las enseñanzas profesionales y elementales de música será del 11 de septiembre de 2023 al 31 de mayo de 2024; para las de danza, del 18 de septiembre de 2023 al 7 de junio de 2024.

El curso para las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño abarcará del 18 de septiembre de 2023 al 7 de junio de 2024; y el periodo lectivo de las enseñanzas deportivas será del 1 de septiembre de 2023 al 30 de junio de 2024.

Los periodos de vacaciones serán: en Navidad, del 24 de diciembre de 2023 al 6 de enero de 2024; y en Semana Santa, del 25 de marzo al 1 de abril de 2024.

Los sábados, domingos y días considerados inhábiles a efectos laborales en la Región de Murcia serán días no lectivos, así como los días del patrón de las correspondientes enseñanzas. Concretamente, para el segundo ciclo de Educación Infantil y Primaria, el 27 de noviembre de 2023; Secundaria, Bachillerato, Escuela Oficial de Idiomas y educación de personas adultas, el 29 de enero de 2024; Formación Profesional, el 2 de febrero de 2024; Enseñanzas Profesionales de Artes plásticas y Diseño, el 23 de octubre de 2023 y Enseñanzas Elementales y Profesionales de Música y Danza, el día 24 de noviembre de 2023.

También serán considerados inhábiles, a efectos laborales, los festivos de carácter local determinados por el municipio, así como tres días más no lectivos, a propuesta de los consejos escolares municipales en el que se ubique cada centro educativo.

Durante el período comprendido entre el 1 de septiembre y el inicio del curso, los docentes se dedicarán a desarrollar actividades para planificar el curso, tales como la programación de las enseñanzas, la coordinación docente y otras actividades relacionadas con la organización escolar. En cuanto a los días comprendidos entre la finalización del período lectivo y el 30 de junio se dedicarán a realizar las actividades relacionadas con la finalización del curso escolar previstas en la normativa vigente.

El alumnado de segundo curso de Bachillerato finalizará sus actividades lectivas en función de las necesidades derivadas de la realización de la evaluación final de Bachillerato y los procedimientos de admisión en la Universidad. Asimismo, el alumnado de ciclos formativos de grado Medio y grado Superior podrá finalizar las actividades lectivas en función de las necesidades derivadas de realizar la evaluación final ordinaria en segunda convocatoria o de finalizar las prácticas en empresas.

Para conocer los festivos locales de cada municipio se puede consultar la publicación del BORM.

El desconocimiento de la Ley es absoluto por parte de toda la comunidad educativa, desde la Consejería de Educación hasta la maestra o el conserje, pasando por las madres y padres de alumnos. Las leyes no son elementos decorativos, están para ser cumplidas. Basta ya de poner falta de asistencia a las alumnas y a los alumnos musulmanes por no ir a clase en sus días festivos, como ocurrió por ejemplo en el último Eid al-Fitr, y nos tememos seguirá ocurriendo.

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