Islam en Murcia - 07.04.23
Fuente: Comisión Islámica de España
La Comisión Islámica de España (CIE), nos recuerda que:
Según el acuerdo de ley 26/1992 de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado Español con la Comisión Islámica de España, donde se “garantiza a los trabajadores solicitar la ausencia por motivos de la celebración de los días festivos según el artículo 12 :
Los miembros de las Comunidades Islámicas pertenecientes a la Comisión Islámica de España que lo deseen, podrán solicitar la interrupción de su trabajo los viernes de cada semana, día de rezo colectivo obligatorio y solemne de los musulmanes, desde las trece treinta hasta las dieciséis horas, así como la conclusión de la jornada laboral una hora antes de la puesta del sol, durante el mes de ayuno (Ramadán).
AL HIYRA, correspondiente al 1º de Muharram, primer día del Año Nuevo Islámico.
ACHURA, décimo día de Muharram.
IDU AL-MAULID, corresponde al 12 de Rabie al Awal, nacimiento del Profeta.
AL ISRA WA AL-MI´RAY, corresponde al 27 de Rayab, fecha del Viaje Nocturno y la Ascensión del Profeta.
IDU AL-FITR, corresponde a los días 1º, 2º y 3º de Shawwal y celebra la culminación del Ayuno de Ramadán
IDU AL-ADHA, corresponde a los días 10º, 11º y 12º de Du Al-Hyyah y celebra el sacrificio protagonizado por el profeta Abraham.
Puedes descargar el impreso dirigido a Colegios e Institutos abriendo este documento:
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