Ni Aberchán ni la CIM: España necesita musulmanes del siglo XXI

Islam en Murcia - 21.01.20
Opinión | Paulino Ros

Lamentable espectáculo el ofrecido estos días por la Comisión Islámica de Melilla (CIM), y sobre todo por el partido fundado y presidido por Mustafa Aberchán, Coalición por Melilla (CpM).  Un partido político que está en el gobierno de la Ciudad Autónoma, en coalición con PSOE y Ciudadanos, no puede abanderar la censura y situarse fuera de la Constitución Española.

Señor Aberchán, tenga siempre presente que Melilla es España, y que en España hay libertad de creación literaria y de expresión. No pueden negarse a que la escritora rifeña y activista feminista Zoubida Boughaba vaya a la Cámara de Comercio de Melilla a presentar su libro "Cuentos populares del Rif contados por mujeres cuentacuentos".

No queremos musulmanes intolerantes y antidemocráticos ni en Melilla ni en el resto de España. Ni de la CIM ni del CpM ni de ninguna organización. No queremos que la religión monopolice la vida pública. Señor Aberchán, si no tolera que haya mujeres musulmanas que no lleven hiyab y se manifiesten contra su uso, tiene usted un problema.

Nos alegramos de que Zoubida Boughaba decidiera finalmente dar su conferencia, y damos la enhorabuena a la Consejera de Cultura de Melilla, la socialista Elena Fernández Treviño, por invitarla con motivo de la celebración del Año Nuevo Amazigh.

Vergonzoso para Melilla que Zoubida Boughaba haya podido dar su conferencia en Marruecos y en España se la intente censurar.

Para terminar, señor Aberchán, señores de la CIM, les recuerdo lo que dice la Constitución Española en su artículo 20:

Artículo 20 de la Constitución Española:

1. Se reconocen y protegen los derechos:

a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.

b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.

c) A la libertad de cátedra.

d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.

2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.

3. La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.

4. Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.

5. Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.


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