COMITE DE ARBITRAJE MUSULMAN- CAM-
CONSULTA
Un alumno de Ciencias de la Información, somete a la consideración del Comité distintas consultas a las que damos respuesta a continuación, y que reproducimos por su especial interés:
En primer termino, y por seguir el orden de formulación acerca sobre la opinión del colectivo árabe sobre la retirada del Cristo de Monteagudo. Una primera consideración es 1que se trataría de una imagen local, por lo que en todo caso habría que redireccionar la pregunta al colectivo musulmán, que no árabe, del enclave, acerca del impacto socio cultural de la retirada de la imagen del Cristo. Abstracción hecha de esta singularidad local, en supuestos inscritos en esta línea, tales como antiguos enclaves de la España musulmana, que se hayan convertido en lugares de culto católico, es en términos generales de indiferencia, y además porque entendemos desde nuestra posición, que no podría ser otra forma. Somos la consecuencia de un devenir histórico, por mucho que les pese a ciertos nostálgicos, que los hay, pero la realidad es la que es, y la historia fue lo que fue. Aun a riesgo de apartarme de la pregunta concreta, y por ilustrar el ejemplo, me referiré a la situación y estatus de la Mezquita-Catedral de Córdoba. En los últimos tiempos se han levantado opiniones, con más carga de emotividad que argumental, en favor de un culto compartido. Desde nuestra opinión, esto esta fuera del contexto actual y sin más valor que el puramente anecdótico. En la andadura histórica, tengamos en cuenta que muchas de las iglesias actuales, fueron mezquitas y anteriormente iglesias visigodas y anteriormente, hasta templos paganos, ¿significaría ello que alguien ostentaría el derecho histórico a reivindicar un pasado que se remonta a varios milenios? La respuesta iría insita en la consecuencia. El asunto del Cristo de Monteagudo, cuya retirada se ha solicitado por una determinada asociacion, entendemos que tiene otra etiología relacionada posiblemente con la denominada memoria histórica, pues el Cristo en cuestion se erigió en 1951, plena efervescencia del franquismo. En cuanto a la retirada de los crucifijos en las escuelas públicas, esto ya seria otra cuestion puesto que el estado es aconfesional, es decir que ninguna confesión tendrá carácter estatal. Esto no significa que a partir de la Constitución se haya iniciado una laicidad militante y combativa en contra del pasado histórico de España. No se pueden borrar siglos de historia y de cultura de un plumazo, como hizo la Constitución de 1931. Tan es asi, que no produjo ningún efecto el que España dejara de ser católica por decreto.
Un estado laico no puede afectar la práctica de ninguna religión, salvo que asimilemos estado laico con estado ateo, que es lo que en algunos supuestos se traduce; laicidad del estado igual a ateismo oficial. De la laicidad militante al ateismo oficialista hay solo un paso. No descontextualicemos las cosas, nuestra Constitución, que nos la hemos ganado a pulso después de un ostracismo que duro cuarenta años, es sólida y sus mecanismos de articulación de leyes de desarrollo son igualmente sólidos. Lo que hay que hacer es que las propuesta normativas que contienen las leyes se cumplan, seguro que de esta forma cabemos todos. Con lo que no cabríamos seria con gestos como el de la solicitud de retirada del Cristo de Monteagudo, aquí comenzarían las exclusiones y la preeminencia de unos posicionamientos sobre otros.
En cuanto a la afección de la normativa sobre el conjunto de las religiones del Estado. La respuesta va en la línea anterior. La legislación, por principio, desarrolla unas previsiones de rango superior. Pero la pregunta estimo que va encaminada a reconsiderar el estatus de la Iglesia católica, esto es otra cuestion de más prolongado debate. En mi opinión los distintos tratamientos legales responden a un escenario juridico totalmente diferente. El colectivo musulmán desde hace algún tiempo, bastantes años, viene solicitando la aplicación real y efectiva del conjunto normativo que le es de aplicación en esta parcela concreta, ante la percepción que no se aplica en su plenitud. Se habla de discriminaciones, y entendemos que si que las hay, pero en el detalle puntual de la vida diaria, y esto tiene mucho peso, porque afecta a la vida de las familias, y al desarrollo de la colectividad, en definitiva.
En cuanto a la última de las cuestiones, sobre si estos debates son buenos o por el contrario generan fracturas, la respuesta es que el debate civilizado y ordenado siempre es positivo. Los que no siempre son positivos son los interlocutores, a veces atrevidos pseudos interlocutores que lejos de arrojar luz, se encastillan en debates estériles e irresponsables.
Antonio Garcia Petite
Comité de Arbitraje Musulmán -CAM-
CONSULTA
Un alumno de Ciencias de la Información, somete a la consideración del Comité distintas consultas a las que damos respuesta a continuación, y que reproducimos por su especial interés:
En primer termino, y por seguir el orden de formulación acerca sobre la opinión del colectivo árabe sobre la retirada del Cristo de Monteagudo. Una primera consideración es 1que se trataría de una imagen local, por lo que en todo caso habría que redireccionar la pregunta al colectivo musulmán, que no árabe, del enclave, acerca del impacto socio cultural de la retirada de la imagen del Cristo. Abstracción hecha de esta singularidad local, en supuestos inscritos en esta línea, tales como antiguos enclaves de la España musulmana, que se hayan convertido en lugares de culto católico, es en términos generales de indiferencia, y además porque entendemos desde nuestra posición, que no podría ser otra forma. Somos la consecuencia de un devenir histórico, por mucho que les pese a ciertos nostálgicos, que los hay, pero la realidad es la que es, y la historia fue lo que fue. Aun a riesgo de apartarme de la pregunta concreta, y por ilustrar el ejemplo, me referiré a la situación y estatus de la Mezquita-Catedral de Córdoba. En los últimos tiempos se han levantado opiniones, con más carga de emotividad que argumental, en favor de un culto compartido. Desde nuestra opinión, esto esta fuera del contexto actual y sin más valor que el puramente anecdótico. En la andadura histórica, tengamos en cuenta que muchas de las iglesias actuales, fueron mezquitas y anteriormente iglesias visigodas y anteriormente, hasta templos paganos, ¿significaría ello que alguien ostentaría el derecho histórico a reivindicar un pasado que se remonta a varios milenios? La respuesta iría insita en la consecuencia. El asunto del Cristo de Monteagudo, cuya retirada se ha solicitado por una determinada asociacion, entendemos que tiene otra etiología relacionada posiblemente con la denominada memoria histórica, pues el Cristo en cuestion se erigió en 1951, plena efervescencia del franquismo. En cuanto a la retirada de los crucifijos en las escuelas públicas, esto ya seria otra cuestion puesto que el estado es aconfesional, es decir que ninguna confesión tendrá carácter estatal. Esto no significa que a partir de la Constitución se haya iniciado una laicidad militante y combativa en contra del pasado histórico de España. No se pueden borrar siglos de historia y de cultura de un plumazo, como hizo la Constitución de 1931. Tan es asi, que no produjo ningún efecto el que España dejara de ser católica por decreto.
Un estado laico no puede afectar la práctica de ninguna religión, salvo que asimilemos estado laico con estado ateo, que es lo que en algunos supuestos se traduce; laicidad del estado igual a ateismo oficial. De la laicidad militante al ateismo oficialista hay solo un paso. No descontextualicemos las cosas, nuestra Constitución, que nos la hemos ganado a pulso después de un ostracismo que duro cuarenta años, es sólida y sus mecanismos de articulación de leyes de desarrollo son igualmente sólidos. Lo que hay que hacer es que las propuesta normativas que contienen las leyes se cumplan, seguro que de esta forma cabemos todos. Con lo que no cabríamos seria con gestos como el de la solicitud de retirada del Cristo de Monteagudo, aquí comenzarían las exclusiones y la preeminencia de unos posicionamientos sobre otros.
En cuanto a la afección de la normativa sobre el conjunto de las religiones del Estado. La respuesta va en la línea anterior. La legislación, por principio, desarrolla unas previsiones de rango superior. Pero la pregunta estimo que va encaminada a reconsiderar el estatus de la Iglesia católica, esto es otra cuestion de más prolongado debate. En mi opinión los distintos tratamientos legales responden a un escenario juridico totalmente diferente. El colectivo musulmán desde hace algún tiempo, bastantes años, viene solicitando la aplicación real y efectiva del conjunto normativo que le es de aplicación en esta parcela concreta, ante la percepción que no se aplica en su plenitud. Se habla de discriminaciones, y entendemos que si que las hay, pero en el detalle puntual de la vida diaria, y esto tiene mucho peso, porque afecta a la vida de las familias, y al desarrollo de la colectividad, en definitiva.
En cuanto a la última de las cuestiones, sobre si estos debates son buenos o por el contrario generan fracturas, la respuesta es que el debate civilizado y ordenado siempre es positivo. Los que no siempre son positivos son los interlocutores, a veces atrevidos pseudos interlocutores que lejos de arrojar luz, se encastillan en debates estériles e irresponsables.
Antonio Garcia Petite
Comité de Arbitraje Musulmán -CAM-
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