Fuente: Junta Islámica de España (25/11/2010)
Hacemos un llamamiento a la clase política y a la sociedad civil para revertir la situación de discriminación e incumplimiento de derechos religiosos que vivimos los ciudadanos musulmanes en España
Hacemos un llamamiento a la clase política y a la sociedad civil para revertir la situación de discriminación e incumplimiento de derechos religiosos que vivimos los ciudadanos musulmanes en España
Desde Junta Islámica, entidad comprometida con el desarrollo de la libertad religiosa en el marco de la laicidad del Estado, queremos:
Reiterar nuestro rechazo a la decisión del Sr. Gómez Bermúdez de expulsar del estrado de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional a la abogada Zoubida Barik, por el simple hecho de que ésta llevaba la cabeza cubierta con un velo.
Consideramos dicha decisión como una muestra de la falta de respecto del Sr. Gómez Bermúdez hacia la libertad religiosa, algo impropio de alguien al cual se supone pleno conocedor de las leyes, así como de los derechos humanos y constitucionales. La animadversión del Sr. Gómez Bermúdez hacia el Islam ha quedado patente a lo largo de sus actuaciones judiciales y de sus declaraciones extra-judiciales.
Los argumentos alegados por el Sr. Gómez Bermúdez en la decisión de expulsar a la letrada y privarla del desempeño de su actividad profesional carecen de solidez y consistencia, desvirtuando con ello la imagen y el talante del poder judicial de cara a la sociedad en general.
El uso del velo no constituye una amenaza al orden público, como tampoco representa una afrenta al símbolo de la justicia. El artículo 37 del Estatuto General de la Abogacía, de 2001, obliga a que los letrados vistan "toga", y añade que "adecuarán su indumentaria a la dignidad y prestigio de la toga que visten y al respeto a la Justicia". El velo es totalmente compatible con la toga y no pone en entredicho ni el prestigio ni la dignidad de esta última.
Por ello, lamentamos la decisión tomada por el Tribunal Supremo, rechazando el recurso presentado por la abogada Zoubida Barik, y con ello avalando su expulsión. Dicha decisión no es sino una muestra más de que los musulmanes no somos considerados como ciudadanos de pleno derecho por parte de aquellos que, por ley, deberían velar por garantizar nuestros derechos. Como musulmanes españoles, no podemos sino lamentar la falta de sensibilidad del Poder Judicial con respecto a la libertad religiosa y a los derechos de los ciudadanos musulmanes.
Hacemos un llamamiento a la clase política y a la sociedad civil para revertir la situación de clara discriminación e incumplimiento de derechos religiosos que vivimos los ciudadanos musulmanes en España. Una realidad que cuestiona gravemente el valor de pluralismo religioso preconizado por nuestra Constitución, y nos aleja de los estándares europeos en esta materia.
En Almodóvar del Río (Córdoba), a 25 de noviembre de 2010
Reiterar nuestro rechazo a la decisión del Sr. Gómez Bermúdez de expulsar del estrado de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional a la abogada Zoubida Barik, por el simple hecho de que ésta llevaba la cabeza cubierta con un velo.
Consideramos dicha decisión como una muestra de la falta de respecto del Sr. Gómez Bermúdez hacia la libertad religiosa, algo impropio de alguien al cual se supone pleno conocedor de las leyes, así como de los derechos humanos y constitucionales. La animadversión del Sr. Gómez Bermúdez hacia el Islam ha quedado patente a lo largo de sus actuaciones judiciales y de sus declaraciones extra-judiciales.
Los argumentos alegados por el Sr. Gómez Bermúdez en la decisión de expulsar a la letrada y privarla del desempeño de su actividad profesional carecen de solidez y consistencia, desvirtuando con ello la imagen y el talante del poder judicial de cara a la sociedad en general.
El uso del velo no constituye una amenaza al orden público, como tampoco representa una afrenta al símbolo de la justicia. El artículo 37 del Estatuto General de la Abogacía, de 2001, obliga a que los letrados vistan "toga", y añade que "adecuarán su indumentaria a la dignidad y prestigio de la toga que visten y al respeto a la Justicia". El velo es totalmente compatible con la toga y no pone en entredicho ni el prestigio ni la dignidad de esta última.
Por ello, lamentamos la decisión tomada por el Tribunal Supremo, rechazando el recurso presentado por la abogada Zoubida Barik, y con ello avalando su expulsión. Dicha decisión no es sino una muestra más de que los musulmanes no somos considerados como ciudadanos de pleno derecho por parte de aquellos que, por ley, deberían velar por garantizar nuestros derechos. Como musulmanes españoles, no podemos sino lamentar la falta de sensibilidad del Poder Judicial con respecto a la libertad religiosa y a los derechos de los ciudadanos musulmanes.
Hacemos un llamamiento a la clase política y a la sociedad civil para revertir la situación de clara discriminación e incumplimiento de derechos religiosos que vivimos los ciudadanos musulmanes en España. Una realidad que cuestiona gravemente el valor de pluralismo religioso preconizado por nuestra Constitución, y nos aleja de los estándares europeos en esta materia.
En Almodóvar del Río (Córdoba), a 25 de noviembre de 2010
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