Iván Jiménez Aybar: «Un hiyab por sí solo no altera la paz social»

Fuente: elperiodico.com (7/5/2010)

Logró que las musulmanas salieran con hiyab en el DNI. Ahora defiende los derechos de la chica madrileña que cambió de colegio por llevar velo.

Acaba de aterrizar en Barcelona, donde ha instalado una delegación de Trayectus, una asesoría jurídica especializada en asuntos religiosos. Iván Jiménez Aybar (Zaragoza, 1971) es un abogado especializado en extranjería y libertad religiosa. El artículo 16 de la Constitución española es su hábitat natural. Profundo conocedor de la religión y la cultura islámicas, desde febrero da clases de Derecho Eclesiástico del Estado en la Facultad de Derecho de la UAB.

–¿Qué tal está Najwa Malha?
–Al haberse calmado todo, ella está mucho más tranquila. Aunque mantiene la convicción de que sus derechos han sido vulnerados y que no infringió ninguna norma. La Comunidad de Madrid le dio dos opciones: o se quitaba el hiyab o cambiaba de centro. Optó por la segunda. Pero eso no quita para que reclame sus derechos. Primero cumple y después recurre.

–¿Qué pasos legales van a seguir?
–Vamos a interponer un recurso de alzada contra la resolución del director del Área Territorial de Madrid Oeste de la Consejería de Educación, que avaló la actuación del colegio de apartar a la menor de las clases. No recurrimos la normativa del centro, sino su aplicación, que pensamos que fue errónea y que contradice el propio reglamento. La familia de Najwa solo quiere dilucidar si la actuación de su colegio se ciñó a las normas. No pretende hacer bandera del hiyab en España.

–Todos pensábamos que quien vulneró el reglamento fue Najwa.
–Najwa ha sido la única persona que se ha leído y ha respetado el reglamento. Este establece que el alumno tiene derecho a que se respeten sus convicciones religiosas. El colegio se escuda en el final del artículo 32, en el que se veta llevar gorras o cualquier prenda que cubra la cabeza. Pero es que ese artículo de lo que habla es de normas de conducta, de respeto, de tener una actitud correcta en clase, de no alterar la paz del centro. Y un hiyab por sí solo no altera la paz social. La norma de las gorras se puso porque años atrás unos alumnos se ponían gorras y capuchas para que el profesor no viera que escuchaban música.

–¿Por qué el colegio actuó así?
–Por presión social. Si tan claro tenía que no se puede llevar hiyab, ¿cómo se explica que Najwa acudiera a clase durante un mes con hiyab y que no pasara nada? El colegio no vetó su entrada hasta que unos alumnos protestaron porque a ellos no se les deja llevar gorra y los padres llevaron el tema al consejo escolar.

–¿Es distinto un hiyab de una gorra?
–Llevar una gorra es algo vinculado a una moda. Llevar hiyab es una manifestación externa del derecho de libertad religiosa garantizado por la Constitución española. El artículo 16 no solo ampara creer, sino también manifestar exteriormente tus creencias. El Ministerio del Interior acepta que una mujer lleve el hiyab en una foto del DNI, pues considera esa prenda parte de la identidad de la mujer. Interior establece que los rasgos identificativos son los del óvalo de la cara, de la raíz del pelo a la barbilla.

–Entonces, si la ley es tan clara, ¿por qué se generan estas polémicas?
–Porque no se ha hecho pedagogía. Los profesores no sabían nada del derecho a la libertad religiosa. Nadie es consciente de que desde 1992 hay un acuerdo de cooperación entre el Estado y el islam en España.

–¿Qué revela esta polémica?
–Que hay un prejuicio tremendo hacia el islam en este país. Se alega el principio de reciprocidad: si Arabia Saudí no permite ir en biquini, aquí no hay que permitir el hiyab en la escuela. ¿Pero de qué reciprocidad hablamos? ¡Si Najwa es española! Seguimos considerando que el islam viene de fuera y que lo auténticamente español es ser cristiano. La musulmana es una más del catálogo de religiones que hay en España.

–¿Hay muchas Najwas en España?
–Yo he mediado en unos seis casos. Al no haber revuelo, cuando haces pedagogía con directores, profesores y padres las cosas se arreglan. Ahora, una cosa es el derecho a llevar hiyab y otra usar el hiyab para eludir asignaturas como la gimnasia. Eso no está permitido por la ley.

–¿Tiende el colectivo islámico a imponer sus normas?
–Aquí nadie impone nada. Y si alguien quiere imponer valores por la fuerza, ahí está el Código Penal.

–¿Hay que legislar sobre el velo?
–No. Hay que respetar la Constitución, que impide que se prohíba ningún signo que exprese la identidad religiosa. Una cruz que preside una clase en un colegio público sí atenta contra la laicidad pues marca la tendencia de la enseñanza. Un hiyab o una cruz en el cuello, no; es algo personal.

-¿Se debe prohibir el burka?
–Al burka se le debe aplicar la legislación: cuando se requiera que una persona se identifique, esta debe hacerlo. ¿Por qué a la gente hay que prohibirle que se vista como quiera? En invierno hay quien lleva el rostro tapado por llevar gorro y bufanda, igual que muchos motoristas con el casco. Prohibir el burka vulneraría la Constitución.

Comentarios