El Gobierno niega la nacionalidad a musulmanes por informes del CNI

Justicia rechaza las peticiones de miembros de movimientos legales como el Tabligh y argumenta que son "sectas fundamentalistas"

elpais.com

JOSÉ MARÍA IRUJO - Madrid - 03/05/2009

¿Cuántas veces rezas? ¿A qué mezquita vas? ¿Qué te parece ese imán? ¿A qué corriente del islam perteneces? ¿Quién gobierna mejor, el PP o el PSOE? ¿Da más trabajo la izquierda o la derecha? Musulmanes que solicitan la nacionalidad española se enfrentan a veces a éstas y otras preguntas íntimas durante las entrevistas personales que mantienen con miembros de las Fuerzas de Seguridad del Estado en sus domicilios y puestos de trabajo, según testimonios recogidos en varias comunidades.

Pese a que la Constitución garantiza la libertad ideólogica, religiosa y de culto, el Gobierno niega la nacionalidad española a musulmanes que pertenecen a la corriente Tabligh Jammaat (Congregación para la propagación del islam), una corriente integrista que predica la paz, atiende a presos y cuenta en España con miles de miembros y más de 200 asociaciones registradas en la Dirección General de Relaciones para las Confesiones.

El Ministerio de Justicia, tomando como base informes del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) que aparecen en los expedientes a los ha tenido acceso EL PAÍS, ha negado la nacionalidad española a musulmanes en Sevilla, Murcia y Huelva porque los solicitantes pertenecen al movimiento Tabligh al que acusa de "fundamentalista, segregacionista y contrario a la integración". Los afectados, empresarios y comerciantes con arraigo e hijos españoles, han recurrido al Tribunal Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional. Los tabligh, que peregrinan por todo el mundo y reclaman el cumplimiento estricto del Corán, niegan estas acusaciones.
A. B., empresario marroquí, dueño de una carnicería y una tienda de comida en Sevilla, tiene permiso de residencia desde 1991, se casó cinco años después y es padre de tres hijos españoles. En marzo de 2006, Ángeles Sánchez de Frutos, entonces directora general de Nacionalidad, rechazó su solicitud "teniendo en cuenta que no ha justificado suficiente grado de integración en la sociedad española, ya que es miembro activo del movimiento Tabligh".

Y añadió: "El movimiento Tabligh profesa un islam conservador y fundamentalista aplicado a una visión intransigente de las reglas coránicas y persiguiendo su imposición en todos los órdenes de la vida. Esto conlleva la propagación de una conducta segregacionista respecto a la sociedad no musulmana dentro de la cual no tiene ningún interés en integrarse. La integración social no se deriva exclusivamente del conocimiento del idioma sino de la emancipación del régimen de vida del solicitante con los principios y los valores sociales, el grado de implicación en las relaciones económicas, sociales, culturales y el arraigo familiar".

T. R., marroquí reside en España desde los 11 años, ahora está en los cuarenta, estudió EGB en un colegio de Almendralejo (Badajoz) y es propietario en Sevilla de dos negocios de alimentación. El Ministerio de Justicia ha rechazado su petición de nacionalidad por idénticos motivos. En su caso, el informe del CNI le señalaba como "miembro activo del movimiento Tabligh" y aseguraba que este grupo "es conocido por su intransigencia con los valores de la libertad e igualdad sobre los que se asienta nuestra sociedad, al pretender trasladar normas de origen coránico interpretadas literalmente o de manera integrista a un plano social y por tanto diferente del estrictamente religioso. Sin perjuicio de la libertad religiosa y de culto que garantiza la Constitución, la posible pertenencia a una secta de estas características supone, en principio, un factor contrario a la integración social que el interesado debe acreditar para conseguir la nacionalidad española".

El recurso planteado por este ciudadano marroquí alegó que el miembro del Tabligh era su padre y que él no era religioso. En 2007, Pilar Blanco, la entonces directora General de Nacionalidad, respondió que "subsistían las dudas" sobre su integración.

El recurso de A. B. tampoco sirvió de nada. Su abogado esgrimió que la integración de su cliente había sido bien valorada por el juez y el fiscal del Registro Civil de Sevilla. "Vulnera la Constitución y es nula por falta de motivación", arguyó. Laarbi al Lal Maateis, dirigente en España de los tabligh anuncia: "Exigimos que el CNI rectifique la calificación de secta. Si no lo hace, nos querellaremos. No vamos a dejar nuestra religión para estar integrados. La religión llama a la convivencia".

Comentarios

  1. Falta en este artículo una explicación sobre ¿que es el movimiento Al-Tabligh:
    Su nombre es "Sociedad para la Propagación del Islam", fundada en 1927 por un sufí (Táriqa Christhi) de nombre Muhammad Ilyás (1885-1944),este personaje tenía antecedentes familiares y académicos Dehobandi y estaba totalmente influenciado por el reformismo wahhabi, pero pregonando su Islam desde un punto de vista salafi moderado.
    Dicho Islam es moderado, muy puritano y pietista y no sigue a ninguna autoridad de los Ulamas ni sabios tradicionales, oponiendose totalmente al tasawwuf o sufismo.
    Al mismo tiempo regulan su propia conducta en base a una imitación exagerada y escrupulosa de la Sunna, incluyendo su propia vestimenta.
    Es considerada como una organización revanchista y extremista muy motivada políticamente. Tuvieron grandes contactos con los talibanes de Afganistán. Fue ilegalizada por Marruecos en 1972 considerándola además cerca de los cuestionamientos políticos de los Hermanos Musulmanes.
    Su acción social es magnífica, pese a todo, considerándola en algunos países como un medio de neutralización de la influencia islamista radical, aun considerándolo algunos como tambien radical en sus cuestionamientos religiosos y políticos, pese a definirse ellos mismos como ajenos a la propia política.

    ResponderEliminar

Publicar un comentario